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El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe a ciertos empleadores discriminar a una persona por motivos de raza, color, sexo, origen nacional o religión al contratar, despedir, compensar, ascender, capacitar y otorgar privilegios laborales. La Ley de Derechos Humanos de Missouri prohíbe a los empleadores la discriminación en la compensación por motivos de raza, color, religión, origen nacional, sexo, ascendencia, edad (de 40 a 70 años) o discapacidad. La Ley cubre a los empleadores privados con seis o más empleados y a todas las agencias gubernamentales estatales y locales, independientemente de su tamaño. (Estatuto Rev. de Missouri, Sec. 213.055).

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